Uno de nuestros representantes en la Junta de Personal acudió al citado pleno, con algunos de los miembros de la misma como se había acordado previamente, fue un pleno muy bronco y en el que no queda nada claro este punto, pues intervino hasta la Interventora municipal al respecto.
NOS QUEDAMOS CON ESTAS PALABRAS DEL CONCEJAL MAYORAL, QUE NO SON PRECISAMENTE TRANQUILIZADORAS: "No sirve para nada porque antes del día 14 de junio
hay que traer un nuevo plan porque al refinanciar las deudas se tienen
que modificar el anterior y traerlo de nuevo para su aprobación".
Algo nos preocupa en este asunto tan importante, exigimos transparencia.
http://www.europasur.es/article/comarca/1783370/boix/elimina/la/rpt/plan/ajuste/gracias/la/abstencion/la/oposicion.html
http://www.sanropolis.com/ruiz-boix-elimina-la-actualizacion-de-la-rpt-gracias-a-la-abstencion-de-pp-y-usr/
jueves, 5 de junio de 2014
miércoles, 28 de mayo de 2014
Mañana Pleno del Ayuntamiento con temas importantes para el conjunto de los trabajadores municipales
Tras tres años de continuos recortes a las nóminas de los trabajadores municipales por parte del Ayuntamiento, la información que manejamos es que con el nuevo Convenio y Acuerdo Regulador aprobado en 2012, los trabajadores municipales han dejado de percibir 500.000 euros en Ayudas Sociales al año, pues llega la hora del "caramelo" con vistas entendemos a las elecciones municipales del año que viene y parece ser que nos quieren quitar la espada de Damocles que pesa sobre las cabezas de los que perdimos el 5% de media con Zapatero, una paga extraordinaria con Rajoy y sufrimos la "destrucción" de las ayudas sociales con el actual Equipo de Gobierno; mediante la eliminación de la “Actualización de la relación de puestos de trabajo” que era un eufemismo para definir una nueva disminución de las nóminas.
Bienvenido sea, si finalmente sale aprobado aunque sea al calor de los periodos electorales.
5.- ECONOMÍA Y PERSONAL:
5.1.- Aprobación, si procede, de la propuesta de modificación del Plan de Ajuste 2012-2022, en el sentido de eliminar la medida dispuesta en el Punto 5, de las medidas de disminución de gasto de personal: “Actualización de la relación de puestos de trabajo”.
5.2.- Aprobación, si procede, de la propuesta de modificación del Plan de Ajuste 2012-2022, en el sentido de eliminar la medida dispuesta en el el Punto 6, de las medidas de disminución de gastos de personal: “Amortización total de las plazas del personal que se jubile en los años que comprende el Plan de Saneamiento”.
sábado, 10 de mayo de 2014
EL jueves día 8 de presente mes en la Casa Consistorial, se ha reunido la
Comisión sobre Organización del Ayuntamiento, se nos había trasladado por parte
de la Concejala Marchena la necesidad de abordar un nuevo Convenio Colectivo y
Acuerdo Regulador, pues los presentes textos expiran el día 31 de mayo de
2014.
Desde el Sindicato se ha elaborado una primera propuesta, que
entendemos equilibrada y que incluye algunas novedades respecto a Acuerdos
anteriores, los pilares sobre los que se ha trabajado nuestro texto han
sido:
- Acuerdo con vigencia de dos años.
- Provisión de puestos en la Jefatura de la Policía Local de
acuerdo a la legislación de la Junta de Andalucía.
- Incorporar dos días de permiso por los días 24 y 31 de
diciembre como establece la normativa actual.
- Adquirir derechos en los periodos de vacaciones con
distintas adaptaciones a la normativa actual.
-
Incorporar nuevos permisos retribuidos y no
retribuidos.
- Incremento del techo de gasto social a 1.500 euros y 3.000
euros para trabajadores con familia numerosas.
- Incremento sustancial de todas las prestaciones económicas
sociales e incorporar alguna nueva.
- Incremento hasta 30.000 euros la póliza de seguro de los
empleados municipales por fallecimiento, incapacidad o invalidez.
-
Recuperar por premios económicos por antigüedad en el
Ayuntamiento a partir de los diez años de antigüedad.
- Incremento de la cantidad por asistencia jurídica de los
trabajadores a 10.000 euros.
- Sistema de puntos para la obtención de la uniformidad
policías locales y vigilantes.
- Establecer Planes de Productividad en los distintos
departamentos.
-
Incremento de las cuantías de las horas
extraordinarias.
De los tres sindicatos presentes en la Mesa de Negociación en
el día de hoy solo han presentado propuestas UGT y SPPME SAN ROQUE.
jueves, 1 de mayo de 2014
martes, 8 de abril de 2014
Posibles errores en la nómina
En los últimos días, el Sindicato ha registrado dos escritos en
el Ayuntamiento alertando de dos posibles errores en las nóminas de
los agentes y que también pudiera darse en otros trabajadores
municipales.
El primero, en el calculo de las pagas extraordinarias y que puede
afectar a todos los trabajadores municipales que se les abone un
turno horario de trabajo. Según define la Relación de Puestos de
Trabajo vigente, el complemento especifico se compone de dos
elementos, el general o básico y el horario, y la Ley de
Presupuestos Generales del Estado viene definiendo que el complemento
especifico de las pagas extraordinarios sera de igual cuantía del de
una nomina ordinaria, pues hemos comprobado que en las pagas
extraordinarias del año 2013 no se incluye unos de los componentes
del complemento especifico, el horario, dejando de percibirlo dos
veces los empleados municipales.
El segundo que detectamos fue el error en la consignación de los
grupos de cotización en algunos agentes de la escala básica, el
grupo de cotización define la base de cotización que abona el
Ayuntamiento por el trabajador a la Seguridad Social entre otras
cosas, para la jubilación, posteriormente hemos detectado errores en
la escala de mando. Pensamos que el error puede provenir del cambio
legislativo que supuso la Ley 13/2001 de Coordinación de los
policías locales de Andalucía en su Disposición Transitoria
Primera, que pudo ser que nunca fuese aplicada en las nóminas por el
Ayuntamiento, pudiéndose hablar de que el error se puede haber
producido durante más de diez años.
Disposición transitoria primera Titulaciones
1. La titulación de bachiller o equivalente para el acceso
a la escala básica, establecida en el artículo 38, sólo será
exigible a partir de los dos años de la entrada en vigor de la
presente Ley, exigiéndose hasta tanto la titulación de graduado
escolar o equivalente.
2. La titulación de diplomado
universitario o equivalente para el acceso a la categoría de
Subinspector, establecida en el artículo 38, sólo será exigible a
partir de los dos años de la entrada en vigor de la presente Ley,
exigiéndose hasta tanto la titulación de bachiller o equivalente.
Número 2 de la disposición transitoria primera declarada
inconstitucional y nula por Sentencia del Pleno del TC 4/2012 de 13
enero, Rec 1836/2005.
3. En el período señalado en los párrafos precedentes,
los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local de la escala básica
y de la ejecutiva, en su categoría de Subinspector, se entenderán
clasificados, sólo a efectos retributivos, en los grupos C y B,
respectivamente, de los establecidos en el artículo 25 de la Ley de
Medidas para la Reforma de la Función Pública, sin que esto pueda
suponer incremento de gasto público ni modificación del cómputo
anual de las retribuciones totales de los funcionarios de dichas
escalas y categorías.
viernes, 4 de abril de 2014
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